Cartas

Ley Karin: el derecho a mantenerse anónimo

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Señor Director:

En el contexto de la entrada en vigor de la Ley Karin el próximo 1 de agosto, el temor a denunciar una mala práctica en el lugar de trabajo, por parte de la persona afectada, se mantiene como uno de los principales desafíos a los que se enfrentarán las organizaciones.

Si bien la nueva legislación asegura protocolos de investigación y sanción frente a casos de abuso sexual, acoso laboral, violencia y discriminación, sujeto a los principios de confidencialidad, imparcialidad, celeridad y perspectiva de género, la privacidad de las y los denunciantes, y las incertezas sobre el futuro pueden frenar potenciales acusaciones, por miedo a represalias.

En este sentido, las organizaciones deben ser capaces de garantizar el bienestar de las y los colaboradores por sobre cualquier decisión, y mantener sus identidades anónimas antes, durante y después de aplicadas las sanciones. Así se previene la revictimización y se cumplen los principios que la ley contempla.

Asegurar el bienestar de las y los colaboradores debe ser una prioridad, y si bien la implementación de la Ley Karin es un gran avance en esa tarea, los esfuerzos deben estar siempre en proteger la integridad mental y física de todas las personas que forman parte de la empresa y/o institución.

Cecilia Undurraga

Directora de People & Culture en Rankmi

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